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CARGAS SOCIALES15 de abril de 2026· 7 min de lectura

F.931 2026: guía completa para presentar cargas sociales sin errores

Todo lo que necesitás saber sobre el Formulario 931: quién lo presenta, cuándo vence según la terminación del CUIT, qué incluye y cómo evitar errores comunes.

El Formulario 931 (o simplemente "el 931") es la declaración jurada mensual que deben presentar todos los empleadores para informar y pagar las contribuciones patronales y los aportes de sus empleados al sistema de seguridad social. Es uno de los vencimientos que más multas genera por olvido, especialmente en empresas con pocos empleados donde el contador no siempre tiene recordatorio automático.

¿Quién debe presentar el F.931?

Deben presentar el F.931 todos los empleadores que tengan al menos un empleado en relación de dependencia registrado ante ARCA. Esto incluye:

  • Empresas unipersonales (Responsables Inscriptos o Monotributistas) con empleados
  • Sociedades (SRL, SA, SAS, etc.) con cualquier cantidad de personal
  • Profesionales que tengan personal administrativo o de limpieza contratado en relación de dependencia
  • Empleadores del servicio doméstico (tienen un régimen especial pero también presentan DJ)

Si sos monotributista sin empleados, NO presentás el F.931. Solo te corresponde si tenés al menos un empleado registrado, independientemente de que seas de categoría A o K.

¿Qué incluye el F.931?

La declaración jurada del F.931 consolida todas las obligaciones laborales y previsionales de los empleados en período:

  • Aportes del trabajador: 11% para jubilación, 3% para obra social, 3% para PAMI, otros
  • Contribuciones del empleador: dependen del tamaño de la empresa y del CCT aplicable
  • Fondo de empleo: aporte al seguro por desempleo
  • Asignaciones familiares: aporte para ANSES que cubre las asignaciones de los empleados

El total varía pero en general representa entre el 35% y el 45% del sueldo bruto de cada empleado entre aportes y contribuciones combinados.

¿Cuándo vence el F.931?

El vencimiento del F.931 es mensual y depende de la terminación del CUIT del empleador. Se presenta los días 9, 10 o 11 del mes siguiente al que se declara (primera quincena), según el siguiente esquema (tabla ARCA 2026, vigente a mayo 2026):

Terminación de CUITVencimiento
0, 1, 2 y 3Día 9
4, 5 y 6Día 10
7, 8 y 9Día 11

Si el día de vencimiento cae en fin de semana o feriado nacional, se corre al siguiente día hábil. El período que se declara es siempre el mes anterior: en mayo se declara abril, en junio se declara mayo, y así.

¿Cómo se presenta?

La presentación se hace de forma electrónica a través del sistema SICOSS (Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social), accesible desde el portal de ARCA con Clave Fiscal nivel 3 o superior. Los pasos básicos son:

  1. Ingresar al portal ARCA con CUIT y Clave Fiscal
  2. Ir a Declaraciones Juradas y Pagos → Declaraciones Juradas → SICOSS
  3. Seleccionar el período a declarar
  4. Ingresar los datos de cada empleado: CUIL, sueldo bruto, días trabajados, novedades del período
  5. El sistema calcula automáticamente los aportes y contribuciones
  6. Generar el VEP (Volante Electrónico de Pago) para abonar el total
  7. Pagar el VEP a través del homebanking o débito automático

Errores frecuentes y cómo evitarlos

Error 1: declarar fuera de término

El más común. La solución: anotar el vencimiento en el calendario o activar alertas automáticas. El día de vencimiento cambia mes a mes si el CUIT termina en 0-1 porque los días caen en distintos días de la semana.

Error 2: no incluir a empleados temporales

Si contratás a alguien por un mes o en período de prueba, igualmente debés incluirlo en el F.931 del período. El trabajo no registrado tiene sanciones muy superiores a las de una presentación tardía.

Error 3: usar el mismo VEP del mes anterior

Cada período genera un VEP único. No podés reutilizar el VEP de meses anteriores aunque el monto sea similar. Si pagás con un VEP vencido o incorrecto, el pago no se imputa correctamente y quedás en mora.

Error 4: olvidar las novedades del período

Aumentos de sueldo, vacaciones pagas, licencias, bonificaciones y SAC deben informarse en el período correspondiente. Un error en estos valores puede generar diferencias que ARCA detecta al cruzar con los recibos de sueldo.

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