F.931 2026: guía completa para presentar cargas sociales con más control
Todo lo que necesitás saber sobre el Formulario 931: quién lo presenta, cuándo vence según la terminación del CUIT, qué incluye y cómo evitar errores comunes.
El Formulario 931 (o simplemente "el 931") es la declaración jurada mensual que deben presentar todos los empleadores para informar y pagar las contribuciones patronales y los aportes de sus empleados al sistema de seguridad social. Es uno de los vencimientos que más multas genera por olvido, especialmente en empresas con pocos empleados donde el contador no siempre tiene recordatorio automático.
¿Quién debe presentar el F.931?
Deben presentar el F.931 todos los empleadores que tengan al menos un empleado en relación de dependencia registrado ante ARCA. Esto incluye:
- Empresas unipersonales (Responsables Inscriptos o Monotributistas) con empleados
- Sociedades (SRL, SA, SAS, etc.) con cualquier cantidad de personal
- Profesionales que tengan personal administrativo o de limpieza contratado en relación de dependencia
- Empleadores alcanzados por el régimen general de seguridad social; el personal de casas particulares utiliza su régimen específico
Si sos monotributista sin empleados, NO presentás el F.931. Solo te corresponde si tenés al menos un empleado registrado, independientemente de que seas de categoría A o K.
¿Qué incluye el F.931?
La declaración jurada del F.931 consolida todas las obligaciones laborales y previsionales de los empleados en período:
- Aportes del trabajador: 11% para jubilación, 3% para obra social, 3% para PAMI, otros
- Contribuciones del empleador: dependen del tamaño de la empresa y del CCT aplicable
- Fondo de empleo: aporte al seguro por desempleo
- Asignaciones familiares: aporte para ANSES que cubre las asignaciones de los empleados
El total varía pero en general representa entre el 35% y el 45% del sueldo bruto de cada empleado entre aportes y contribuciones combinados.
¿Cuándo vence el F.931?
El vencimiento del F.931 es mensual y depende de la terminación del CUIT del empleador y del cronograma vigente. Como referencia operativa suele ubicarse durante la primera quincena del mes siguiente al declarado, con traslados por días inhábiles; verificá siempre las fechas publicadas por ARCA para el período concreto:
Si el día de vencimiento cae en fin de semana o feriado nacional, se corre al siguiente día hábil. El período que se declara es siempre el mes anterior: en mayo se declara abril, en junio se declara mayo, y así.
¿Cómo se presenta?
La presentación se realiza desde los servicios habilitados por ARCA. Según el empleador, la información puede originarse en Libro de Sueldos Digital y continuar en Declaración en Línea. FiscalPyME prepara cálculos y bases de control, pero no reemplaza la presentación en ARCA. El circuito general es:
- Ingresar al portal ARCA con CUIT y Clave Fiscal
- Ingresar al servicio que ARCA tenga habilitado para el empleador
- Seleccionar y revisar el período a declarar
- Controlar CUIL, remuneraciones, días trabajados y novedades de cada relación laboral
- Validar las bases, aportes y contribuciones determinados por el servicio
- Generar el VEP (Volante Electrónico de Pago) para abonar el total
- Pagar el VEP a través del homebanking o débito automático
Errores frecuentes y cómo evitarlos
Error 1: declarar fuera de término
El más común. La solución: anotar el vencimiento en el calendario o activar alertas automáticas. El día de vencimiento cambia mes a mes si el CUIT termina en 0-1 porque los días caen en distintos días de la semana.
Error 2: no incluir a empleados temporales
Si contratás a alguien por un mes o en período de prueba, igualmente debés incluirlo en el F.931 del período. El trabajo no registrado tiene sanciones muy superiores a las de una presentación tardía.
Error 3: usar el mismo VEP del mes anterior
Cada período genera un VEP único. No podés reutilizar el VEP de meses anteriores aunque el monto sea similar. Si pagás con un VEP vencido o incorrecto, el pago no se imputa correctamente y quedás en mora.
Error 4: olvidar las novedades del período
Aumentos de sueldo, vacaciones pagas, licencias, bonificaciones y SAC deben informarse en el período correspondiente. Un error en estos valores puede generar diferencias que ARCA detecta al cruzar con los recibos de sueldo.
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Fuentes oficiales consultadas
FiscalPyME
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