Ganancias cuarta categoría 2026: quiénes pagan, mínimo no imponible y cómo funciona
Guía actualizada sobre Impuesto a las Ganancias para empleados en relación de dependencia en Argentina 2026: quiénes pagan, cuánto es el MNI, deducciones y qué cambió.
El Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría es el que aplica sobre los ingresos de los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y otras rentas del trabajo personal. Es uno de los impuestos con más cambios en los últimos años en Argentina, y entender cómo funciona en 2026 es importante tanto para empleados como para los empleadores que actúan como agentes de retención.
¿Qué es la cuarta categoría?
La Ley de Impuesto a las Ganancias divide los ingresos en cuatro categorías según su origen. La cuarta categoría comprende las rentas del trabajo personal en relación de dependencia (empleados), las jubilaciones y pensiones, y los honorarios de directores y síndicos de sociedades, entre otras.
En las relaciones laborales alcanzadas, el empleador actúa como agente de retención. Ganancias y el F.931 son circuitos diferentes: la retención no se informa ni se ingresa como parte del F.931.
¿Quiénes pagan Ganancias cuarta categoría en 2026?
Paga Ganancias el trabajador cuyos ingresos brutos anuales superen el umbral que fija ARCA. Este umbral se actualiza periódicamente y está compuesto por el Mínimo No Imponible (MNI) más las deducciones permitidas (cargas de familia, gastos de educación, obra social, etc.).
No existe un único sueldo bruto mensual que determine por sí solo si corresponde retener. El resultado depende de la remuneración acumulada, las deducciones personales y generales informadas, las cargas de familia y la escala aplicable al período.
No uses un monto aproximado publicado en una nota para decidir una retención. Verificá las deducciones y escalas vigentes publicadas por ARCA y la información declarada por cada trabajador.
Mínimo No Imponible (MNI) y deducciones 2026
El MNI es el importe anual de ingresos que no está sujeto a impuesto. Por encima del MNI, las ganancias se gravan por tramos según la escala progresiva del impuesto. Las principales deducciones permitidas en 2026 son:
- Mínimo no imponible y deducciones personales vigentes para el período
- Deducción especial: multiplica el MNI en función de la categoría (trabajo en relación de dependencia tiene una deducción especial más alta que otras)
- Cargas de familia: cónyuge, hijos menores de 18 años u otras personas a cargo
- Gastos de educación: hasta el 40% del MNI
- Aporte obra social: el aporte del trabajador a la obra social es deducible
- Cuota sindical: deducible si el trabajador aporta
- Alquiler de casa habitación: hasta el 40% del alquiler pagado
- Seguro de vida y retiro
¿Cómo funciona la retención en el empleador?
El empleador actúa como agente de retención y calcula el importe conforme al régimen de retención vigente y a la información declarada por el trabajador. Ganancias y el F.931 son obligaciones diferentes: la retención de Ganancias no se ingresa como parte del F.931.
- El empleado presenta el formulario F.572 con sus datos personales y deducciones declaradas
- El empleador toma el sueldo bruto menos las deducciones permitidas para determinar la renta neta gravada
- Aplica la escala de alícuotas para determinar el impuesto anual
- Computa las retenciones según el procedimiento acumulativo previsto por ARCA
- Si hay cambios en el sueldo o en las deducciones, el cálculo se ajusta en el mes del cambio
- Realiza la liquidación anual o final dentro del plazo y procedimiento vigentes
La escala de alícuotas 2026
Las ganancias de cuarta categoría tributan según una escala progresiva: cuanto mayor la renta neta gravada, mayor la alícuota marginal. La escala tiene varios tramos que van del 5% al 35%, actualizados periódicamente por ARCA. Las alícuotas más bajas se aplican al primer tramo de renta gravada y las más altas a los ingresos más elevados.
El impuesto es progresivo, no proporcional. Un trabajador que supera por poco el umbral no paga el 35% sobre todo su sueldo, sino solo sobre el excedente por encima del mínimo, y con la alícuota del primer tramo (5%). La alícuota máxima (35%) solo aplica sobre la porción de ingreso que supera los tramos más altos.
Cambios recientes y cosas a tener en cuenta
Actualizaciones del umbral durante el año
Las deducciones y escalas pueden modificarse por actualizaciones legales o reglamentarias. Antes de cada liquidación debe utilizarse la tabla oficial aplicable al período, sin trasladar automáticamente valores de meses anteriores.
Deducción de cuarta categoría para trabajadores de zonas desfavorables
Existen deducciones adicionales para trabajadores en zonas patagónicas y otras regiones declaradas de promoción. Si tu empleado trabaja en Patagonia, el umbral de pago de Ganancias es más alto.
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Preguntas frecuentes
¿El empleado tiene que hacer algo?
El empleado debe presentar el formulario F.572 al empleador con sus datos personales y las deducciones que corresponden (cargas de familia, alquiler, obra social prepaga adicional, etc.). Si el empleado no presenta el F.572, el empleador retiene sin considerar esas deducciones, lo que puede resultar en una retención más alta de la necesaria.
¿Qué pasa si el empleador retiene de más o de menos?
La liquidación anual permite ajustar diferencias conforme al procedimiento y al plazo oficial. El tratamiento de saldos a favor o importes no retenidos depende de la situación del trabajador y debe revisarse con la normativa vigente.
¿El monotributista paga Ganancias cuarta categoría?
No. El Monotributo reemplaza al Impuesto a las Ganancias (junto con IVA e IIBB). Un monotributista no paga Ganancias por sus ingresos del régimen simplificado. Sin embargo, si además es empleado en relación de dependencia en otra empresa, los ingresos de la relación de dependencia sí están sujetos a Ganancias cuarta categoría.
Fuentes oficiales consultadas
FiscalPyME
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